Conceptos y guía jurídica sobre Herencias
Es la transmisión de los bienes, derechos y obligaciones que constituyen la herencia de una persona muerta a sus sucesores.
Es el patrimonio (bienes, derechos y obligaciones) que el fallecido deja al morir. La legítima es la parte de los bienes de la herencia que el testador no puede disponer libremente por estar reservada por la ley a los herederos forzosos.
La muerte de una persona determina que su patrimonio se traslade a sus herederos. A fin de que su patrimonio sea dividido equitativamente, los herederos tienen que realizar trámites tales como declaratoria de herederos, partición de bienes, etc.
Debe saber que no sólo se transmite los bienes (propiedades) sino que la herencia está constituida también por el conjunto de derechos y obligaciones que esa persona tenía al momento de su fallecimiento, y como tal se transmiten a sus herederos.
La muerte de una persona determina que su patrimonio se traslade a sus herederos. A fin de que su patrimonio sea dividido equitativamente, los herederos tienen que realizar trámites tales como declaratoria de herederos, partición de bienes, etc.
Debe saber que no sólo se transmite los bienes (propiedades) sino que la herencia está constituida también por el conjunto de derechos y obligaciones que esa persona tenía al momento de su fallecimiento, y como tal se transmiten a sus herederos.
Son diversos los casos. Entre los principales tenemos:
- Si fallece una persona casada y con hijos, heredan los hijos y el cónyuge.
- Si fallece una persona casada y sin hijos, le heredan los ascendientes y el/la cónyuge.
- Si fallece una persona soltera y con hijos, la herencia corresponde exclusivamente a el o los hijos.
- Si fallece una persona soltero (a) y sin hijos, lo heredan sus ascendientes y en ausencia de ellos lo heredan sus hermanos.
- Si fallece una persona viuda y tenía hijos, la herencia la recibirán sus descendientes.
Con la Ley 30007 de abril de 2013, ante la muerte de un conviviente que reúna las condiciones previstas en el Código Civil como unión de hecho tendrá derechos hereditarios.
Debe establecerse qué proporción sobre la masa hereditaria, le corresponde a cada heredero o legatario. Asimismo, debe tenerse en cuenta, en el caso que el causante (persona que fallece) fuera casado, si el o los bienes de la herencia son comunes o propios, pues la proporción que corresponde a los herederos varía.
- Si fallece una persona casada y con hijos, heredan los hijos y el cónyuge.
- Si fallece una persona casada y sin hijos, le heredan los ascendientes y el/la cónyuge.
- Si fallece una persona soltera y con hijos, la herencia corresponde exclusivamente a el o los hijos.
- Si fallece una persona soltero (a) y sin hijos, lo heredan sus ascendientes y en ausencia de ellos lo heredan sus hermanos.
- Si fallece una persona viuda y tenía hijos, la herencia la recibirán sus descendientes.
Con la Ley 30007 de abril de 2013, ante la muerte de un conviviente que reúna las condiciones previstas en el Código Civil como unión de hecho tendrá derechos hereditarios.
Debe establecerse qué proporción sobre la masa hereditaria, le corresponde a cada heredero o legatario. Asimismo, debe tenerse en cuenta, en el caso que el causante (persona que fallece) fuera casado, si el o los bienes de la herencia son comunes o propios, pues la proporción que corresponde a los herederos varía.
- Herederos forzosos
- Herederos voluntarios
- Herederos voluntarios
Son aquellos que necesariamente debe ser incluidos en la herencia, por ejemplo Hijos (por parentesco consanguíneo, los hijos dentro del matrimonio y los extramatrimoniales), cónyuge (por parentesco de afinidad).
* En caso de convivencia, para que la conviviente reciba herencia se tiene que acreditar la unión de hecho (dos años de convivencia continua).
* En caso de convivencia, para que la conviviente reciba herencia se tiene que acreditar la unión de hecho (dos años de convivencia continua).
Son aquellos que no siempre están incluídos en la herencia, ya que es facultad del testador, hacerlos sus herederos, por ejemplo hermanos, tíos, primos, sobrinos, entre otros.
El testamento es el medio establecido por la ley, para formalizar el reparto de una herencia, en vida. Un documento por el cual la persona dispone de sus bienes, total o parcialmente, para que después de su muerte sean repartidos según su decisión.